El derecho a opinar

Todo ciudadano, en una sociedad presuntamente democrática como la nuestra, tiene (o debería tener) garantizado el derecho a opinar de cualquier tema sin coerción previa. La Constitución recoge este punto:
Artículo 20
1. Se reconocen y protegen los derechos:
a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
Esta libertad tiene un límite, dibujado en el apartado 4 del mismo artículo:
4. Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las leyes que lo desarrollen y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.
Este es el límite que conocemos como “mi libertad acaba justo en el momento de invadir la de los demás”. Un límite que en demasiadas ocasiones se traspasa alegremente.
Ahora bien, me gustaría ir un poco más allá en este tema de los derechos y las obligaciones. Es evidente que todos deseamos que se respeten nuestros derechos, pero parece ser que somos algo menos rigurosos a la hora de aplicarnos en las obligaciones. Viene esto a colación de una de las obligaciones no escritas que, a mi entender, debería de aplicarse, simplemente como ejercicio de coherencia interna, y que no es otra que la de expresar una opinión tan sólo cuando sepamos de qué estamos hablando. Y cuando hablo de saber no estoy refiriéndome tan sólo a acumular información externa sobre el asunto en cuestión, no, sino al verdadero comprender de las cosas, ese que se da cuando estamos ‘dentro’ del asunto y no como meros observadores del fenómeno.
Si esta pequeña responsabilidad individual la aplicáramos todos, los conflictos derivados de expresar opiniones quedarían reducidos ostensiblemente. Es más, si esta regla se aplicara también cuando nos corresponde el derecho a la réplica sobre una opinión expresada, advertiríamos que ésta proviene de una fuente ignorante (en el sentido de no conocer a fondo el tema) con lo que no podríamos tomarla como una ofensa, sino como un mero error de percepción, despojándola de relevancia.

Muy interesante reflexión. Coincido plenamente en que el derecho a la libertad de expresión, como todo derecho, conlleva una responsabilidad. En una época en la que opinar es más fácil y rápido que nunca, a menudo se olvida que opinar no es lo mismo que saber, y que hablar desde el desconocimiento puede generar confusión y conflictos innecesarios.
Especialmente acertado el enfoque sobre la diferencia entre acumular información y comprender realmente un tema desde dentro. Si más personas aplicaran ese criterio antes de emitir una opinión —y también al contestar la de otros—, el diálogo público sería mucho más constructivo.
Desde Maiz Peña Abogados en Burgos, creemos que este tipo de reflexiones invitan a fortalecer no solo los derechos individuales, sino también el compromiso con un uso responsable y consciente de la palabra.
Muchas gracias por vuestro comentario, refuerza lo dicho y añade matices que son de interés para ese diálogo público o privado que cada día se siente más amenazado por la forma de emitir opiniones sin una mínima base sobre la que soportarse, primando el aspecto emocional al racional.